A través de la resolución 926/2021 publicada este viernes en el Boletín Oficial, esta nueva normativa establece que las páginas web de los supermercados, en primera instancia, deberán ordenar los productos de cada categoría de menor a mayor según su precio por unidad de medida.
De esta manera, las y los consumidores podrán visualizar primero los productos más accesibles. Este ordenamiento de la presentación deberá ser la opción predeterminada por parte de las tiendas virtuales, que también podrán incluir otras alternativas de ordenamiento disponibles para la personalización de cada usuario y usuaria.
Además, los sitios estarán obligados a indicar el producto de menor precio dentro de una categoría con un logo aprobado previamente por Comercio Interior. De esta forma, si la o el consumidor elige una opción de ordenamiento distinta a la determinada por la ley, igualmente podrá visualizar fácilmente el producto más barato por unidad de medida.
Finalmente, la tercera cuestión que añade esta reglamentación es la identificación de productos fabricados por micro y pequeñas empresas (mipymes). Se deberán destacar en las páginas web de los supermercados la oferta de productos elaborados por mipymes, agricultura familiar, campesina e indígena; economía popular, cooperativas y asociaciones mutuales, también con señalética específica aprobada por el área que conduce Paula Español.