La bancada de Juntos por el Cambio buscará debatir este martes en una sesión especial de la Cámara de Diputados una modificación del artículo que establece el mínimo no imponible del impuesto a los Bienes Personales, iniciativa ya aprobada por el Senado, y ante la cual el oficialismo propondría modificaciones que obligarían a que el tema retorne a la Cámara alta.
La sesión -convocada para las 14- fue solicitada el viernes por los diputados de JXC, Silvia Lospennato, Cristian Ritondo, Mario Negri, Rodrigo de Loredo, Horacio García Aresca, Juan Manuel López, Carlos Gutiérrez, Enrique Estévez, José Luis Espert y Javier Milei.
Se trata de un aumento del mínimo no imponible para Bienes Personales, que elevará el monto de $ 2 millones a $ 6 millones.
El planteo fue impulsado la semana pasada por JXC en el marco de la sesión especial en la que se debatió el Presupuesto 2022, que finalmente fue rechazado por el arco opositor. La modificación en cuestión permitirá incrementar el mínimo no imponible del impuesto para que una menor cantidad de contribuyentes se encuentre comprendido en el pago de este tributo, destacaron fuentes parlamentarias.
El proyecto, que cuenta con sanción del Senado, será debatido previamente a las 13 en la comisión de Presupuesto, que preside Carlos Heller, donde el oficialismo iría con una contrapropuesta expresada en un nuevo proyecto.
Entre los puntos que serían plasmados en el texto del oficialismo, se mantendría inalterado el mínimo no imponible para inmuebles destinados a casa habitación (hoy es $ 18 millones y el proyecto del Senado pretende llevarlo a $ 30 millones) y el que es utilizado para los bienes en el exterior.
Además, en relación al aumento de la alícuota máxima, proponen que los patrimonios que superen los $ 100 millones paguen una alícuota del 1,5% (actualmente la alícuota máxima es de 1,25% para bienes que superan los $ 18 millones).
El tercer punto, prevé una actualización anual y automática mediante el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) del mínimo no imponible vigente para el conjunto de los bienes (no para el mínimo especial para casa habitación) y para los tramos de la escala de alícuotas.