Este martes, el proyecto de ley que advierte sobre los excesos en sus componentes sobre azúcares, sodio y grasas saturada, entre otros, recibió dictamen en un plenario de comisiones de la Cámara de Diputados.
El texto aprobado y enviado por el Senado en octubre fue tratado por las comisiones de Legislación General, de Acción Social y Salud Pública, Industria y Defensa del Consumidor, donde se impuso un dictamen de mayoría impulsado por el Frente de Todos y acompañado por algunos diputados de Juntos por el Cambio y otras bancadas minoritarias, que totalizó 91 firmas, 6 en disidencia.
La ley busca advertir a consumidores sobre los excesos de componentes como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, a partir de información clara, oportuna y veraz.
Promueve la prevención de la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles. Está dirigido a fabricantes, fraccionadores y envasadores que distribuyan, comercialicen o importen, que hayan puesto su marca o integren la cadena de comercialización de alimentos y bebidas alcohólicas de consumo humano, en todo el territorio de la República Argentina.
Los alimentos y bebidas alcohólicas envasados y comercializados en la Argentina deben colocar leyendas como «Exceso en azúcares», «Exceso en sodio», «Exceso en grasas saturadas», «Exceso en grasas totales», y/o «Exceso en calorías».
En caso de contener edulcorantes, el envase debe contener una leyenda precautoria inmediatamente por debajo de los sellos de advertencia con la leyenda: «Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as». En caso de contener cafeína, el envase debe contener una leyenda precautoria inmediatamente por debajo de los sellos de advertencia con la leyenda: «Contiene cafeína. Evitar en niños/as».